Da 1 Registro Central de ...s Sexuales

Da 1 Registro Central de Delincuentes Sexuales

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D.A. 1ª. Incorporación de datos relativos a penas y medidas de seguridad anteriores a la entrada en vigor de este real decreto.

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Los datos relativos a penas y medidas de seguridad por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por trata de seres humanos con fines de explotación sexual, incluyendo la pornografía, que figuren inscritos en el Registro Central de Penados y en el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto, se remitirán automáticamente al Registro Central de Delincuentes Sexuales en el estado en que se encuentren.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2015 en vigor desde 29-02-2016