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D.A. 1ª.- Desarrollo reglamentario.

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El Consejo Rector aprobará en el plazo de seis meses, a contar desde la publicación de su designación, el reglamento orgánico del ente público RTVC y será publicado en el Boletín Oficial de Canarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-01-2015 en vigor desde 08-01-2015