Da 1 Protección de los Animales en Extremadura
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»D.A. 1ª.
Vigente
La Comunidad Autónoma de Extremadura promoverá campañas divulgadoras del contenido de la presente Ley entre los escolares y habitantes de la misma, así como tomará medidas que contribuyan a fomentar el respeto a los animales y a difundir y promover éste en la sociedad, en colaboración con las asociaciones de protección y defensa de los animales. Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta Disposición, la Junta de Extremadura consignará presupuestariamente con periodicidad preferentemente anual las medidas y campañas a las que se ha hecho referencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2002 en vigor desde 18-09-2002