Da 1 Programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo
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»D.A. 1ª. Garantía en la continuidad de la atención a las familias.
Vigente
Con el objeto de garantizar la continuidad de la atención a las familias se podrá mantener la ejecución del Programa y las transferencias vinculadas al mismo, en aquellos municipios que disminuyan su población por debajo del umbral de los 20.001 habitantes que define el ámbito de aplicación de este Programa según lo dispuesto por el artículo 2 de este decreto, siempre que permanezca la estructura de Servicios Sociales Comunitarios de la Entidad Local afectada. En otro caso, se podrá acordar con la Diputación Provincial correspondiente la continuidad del equipo y del Programa en dicha entidad local.