Da 1 Presupuestos 2014 Extremadura
D.A. 1ª. Tasas y Precios Públicos.
1. Se actualizan para el año 2014 los tipos de cuantía fija de las Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente 1,01 a las cuantías exigibles en el ejercicio 2013.
Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.
En todas las tarifas de las Tasas y Precios Públicos cuyo importe sea inferior a 1 euro, su importe se fijará aplicando el coeficiente 1,01 con seis decimales.
2. Se autoriza al Consejero competente en materia de Hacienda a publicar la relación de las cuantías actualizadas de las Tasas y Precios Públicos a que se refiere el apartado anterior.
3. Se modifica el apartado de bonificaciones de la tasa por suministro de identificadores para ganado ovino y caprino del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE", en la actualidad, CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos.
"BONIFICACIONES:
Para el caso previsto en la cuota tributaria, en los apartados 1.b) y 1.c), se establece una bonificación parcial a favor del sujeto pasivo, del 75 % de la cuota, en virtud de lo regulado en el Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina". 4. Se crea el apartado de exenciones y bonificaciones de la tasa por autorización expedida a las organizaciones profesionales de caza que sustituyan la licencia de caza nominal del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE", en la actualidad, CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos:
"EXENCIONES Y BONIFICACIONES:
Con vigencia exclusiva para los ejercicios 2014 y 2015 se establece una bonificación del 50 % de la cuota".
5. Se modifica el apartado de exenciones y bonificaciones de la tasa por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA", en la actualidad, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, añadiendo un nuevo epígrafe (3) que quedará redactado en los siguientes términos:
"EXENCIONES Y BONIFICACIONES:
3. Tendrán derecho a la exención del abono de las Tasas establecidas por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, acreditada con la correspondiente certificación del grado de discapacidad otorgada por el Organismo competente".
6. Se modifica el apartado de bases y tipos de gravamen de la tasa por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales del Anexo "TASAS DE LA CON SE JERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA", en la actualidad, CONSEJERÍA DE EDUCA CIÓN Y CULTURA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos:
"TASAS POR EXPEDICIÓN DE TÍTULOS Y DIPLOMAS ACADÉMICOS, DOCENTES Y PROFESIONALES.
1. Europeo de Referencia para las Lenguas ........................................24,93 € 4. CONSERVATORIOS TARIFA
ENSEÑANZAS PROFESIONALES
TÍTULO Profesional........................................24,93 €
ENSEÑANZAS SUPERIORES FORMACIÓN PROFESIONAL TARIFA
TÍTULO de Técnico Superior..................................51,77 €
TÍTULO de Técnico ........................................21,13 €
2. BACHILLER TARIFA
TÍTULO de Bachiller .......................................51,77 €
3. ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS TARIFA
Certificado de Aptitud .....................................24,93 €
Certificados Niveles del Marco Común DE MÚSICA
TÍTULO Superior de Música .................................144,28 €
5. SOLICITUD DE DUPLICADOS POR EXTRAVÍO, MODIFICACIÓN, ETC.
TITULACIONES TARIFA
Bachiller y Técnico Superior .................................4,68 €
Técnico ...............................................2,49 €
Certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas y Títulos concedidos por los Conservatorios .............................2,49 €
Títulos Superiores de Diseño y Arte Dramático ....................2,49 €
Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo Superior ..................................4,68 €
Títulos de Técnico de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo.......2,49 €
6. ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES TARIFA
Por expedición del título Superior de Diseño ....................144,28 €
Por expedición del título Superior de Arte Dramático ..............144,28 €
7. ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO TARIFA
Por expedición del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño ........21,13 €
Por expedición del título Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño....51,77 €
8. ENSEÑANZAS DEPORTIVAS TARIFA
Por expedición del título de Técnico Deportivo ....................21,13 €
Por expedición del título Técnico Deportivo Superior ...............51,77 €"
- Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 01-01-2014