Da 1 Presupuestos 2014 Extremadura

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D.A. 1ª. Tasas y Precios Públicos.

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1. Se actualizan para el año 2014 los tipos de cuantía fija de las Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta la cantidad que resulte de aplicar el coeficiente 1,01 a las cuantías exigibles en el ejercicio 2013.

Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

En todas las tarifas de las Tasas y Precios Públicos cuyo importe sea inferior a 1 euro, su importe se fijará aplicando el coeficiente 1,01 con seis decimales.

2. Se autoriza al Consejero competente en materia de Hacienda a publicar la relación de las cuantías actualizadas de las Tasas y Precios Públicos a que se refiere el apartado anterior.

3. Se modifica el apartado de bonificaciones de la tasa por suministro de identificadores para ganado ovino y caprino del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE", en la actualidad, CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos.

"BONIFICACIONES:

Para el caso previsto en la cuota tributaria, en los apartados 1.b) y 1.c), se establece una bonificación parcial a favor del sujeto pasivo, del 75 % de la cuota, en virtud de lo regulado en el Real Decreto 947/2005, de 29 de julio, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina". 4. Se crea el apartado de exenciones y bonificaciones de la tasa por autorización expedida a las organizaciones profesionales de caza que sustituyan la licencia de caza nominal del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE", en la actualidad, CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos:

"EXENCIONES Y BONIFICACIONES:

Con vigencia exclusiva para los ejercicios 2014 y 2015 se establece una bonificación del 50 % de la cuota".

5. Se modifica el apartado de exenciones y bonificaciones de la tasa por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales del Anexo "TASAS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA", en la actualidad, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, añadiendo un nuevo epígrafe (3) que quedará redactado en los siguientes términos:

"EXENCIONES Y BONIFICACIONES:

3. Tendrán derecho a la exención del abono de las Tasas establecidas por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales, las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, acreditada con la correspondiente certificación del grado de discapacidad otorgada por el Organismo competente".

6. Se modifica el apartado de bases y tipos de gravamen de la tasa por expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales del Anexo "TASAS DE LA CON SE JERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA", en la actualidad, CONSEJERÍA DE EDUCA CIÓN Y CULTURA, de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que quedará redactado en los siguientes términos:

"TASAS POR EXPEDICIÓN DE TÍTULOS Y DIPLOMAS ACADÉMICOS, DOCENTES Y PROFESIONALES.

1. Europeo de Referencia para las Lenguas ........................................24,93 € 4. CONSERVATORIOS TARIFA

ENSEÑANZAS PROFESIONALES

TÍTULO Profesional........................................24,93 €

ENSEÑANZAS SUPERIORES FORMACIÓN PROFESIONAL TARIFA

TÍTULO de Técnico Superior..................................51,77 €

TÍTULO de Técnico ........................................21,13 €

2. BACHILLER TARIFA

TÍTULO de Bachiller .......................................51,77 €

3. ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS TARIFA

Certificado de Aptitud .....................................24,93 €

Certificados Niveles del Marco Común DE MÚSICA

TÍTULO Superior de Música .................................144,28 €

5. SOLICITUD DE DUPLICADOS POR EXTRAVÍO, MODIFICACIÓN, ETC.

TITULACIONES TARIFA

Bachiller y Técnico Superior .................................4,68 €

Técnico ...............................................2,49 €

Certificados de las Escuelas Oficiales de Idiomas y Títulos concedidos por los Conservatorios .............................2,49 €

Títulos Superiores de Diseño y Arte Dramático ....................2,49 €

Títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo Superior ..................................4,68 €

Títulos de Técnico de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo.......2,49 €

6. ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES TARIFA

Por expedición del título Superior de Diseño ....................144,28 €

Por expedición del título Superior de Arte Dramático ..............144,28 €

7. ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO TARIFA

Por expedición del título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño ........21,13 €

Por expedición del título Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño....51,77 €

8. ENSEÑANZAS DEPORTIVAS TARIFA

Por expedición del título de Técnico Deportivo ....................21,13 €

Por expedición del título Técnico Deportivo Superior ...............51,77 €"

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2013 en vigor desde 01-01-2014