Da 1 Ordenación de empresas de restauración
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 1ª. Dispensa de aseos en determinados espacios públicos.
Vigente
Los establecimientos en que se prestan los servicios de las empresas de restauración situadas en centros comerciales, aeropuertos, estaciones de transporte público, centros museísticos, auditorios, polideportivos, piscinas, centros cívicos, sociales o asistenciales, centros de juego y apuestas o grandes superficies en general, podrán carecer de aseos propios, cuando en esos espacios existan aseos públicos de libre acceso abiertos durante el horario de apertura del establecimiento de restauración, y cumplan las condiciones previstas en el presente decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-07-2021 en vigor desde 05-08-2021