Da 1 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público
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»D.A. 1ª. Uso de la lengua gallega
Vigente
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Estatuto de autonomía de Galicia y en los artículos 4 y 6.4 de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, en el ámbito de la Asesoría Jurídica General se cuidará de que todas sus actuaciones, en especial las dirigidas a otros órganos de la Administración autonómica y las que se produzcan frente a los órganos jurisdiccionales radicados en territorio gallego, se hagan en gallego.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-04-2016 en vigor desde 13-04-2016