Da 1 Normas marco de los Cuerpos de Policía Local
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»D.A. 1ª.
Vigente
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor del presente Decreto, los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que dispongan de Cuerpo de Policía Local, habrán de ajustar su reglamento interno y sus normas de organización, estructura y funcionamiento a los contenidos de la Ley de Coordinación de las Policías Locales de Cantabria y de las presentes Normasmarco.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-01-2003 en vigor desde 18-01-2003