Da 1 Modificación del Real Decreto 181/2008, para adaptarlo al Tablón Edictal Judicial Único
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»D.A. 1ª. Implantación del sistema de remisión y gestión telemática de los documentos a publicar en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, regulado en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero.
Vigente
El sistema automatizado de remisión y gestión telemática de los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, regulado en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», estará operativo desde el 25 de mayo de 2021 para el envío de los documentos que deban ser publicados a partir del 1 de junio de 2021.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-05-2021 en vigor desde 01-06-2021