Da 1 Medidas tributarias y administrativas 2004 Aragón
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»D.A. 1ª. Informes sobre planes hidrológicos.
Vigente
Se modifica el apartado 3 de la Disposición Adicional Séptima de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión de Agua en Aragón, que queda redactado como sigue:
«3. El plazo para la emisión del informe al Plan Hidrológico Nacional y a los planes hidrológicos de cuenca será de dos meses. Transcurrido este plazo sin pronunciamiento expreso, se considerará que el mismo tiene carácter favorable.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2004 en vigor desde 01-01-2005