Da 1 Medidas en la aplic...mbustibles

Da 1 Medidas en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y reducción del IVA en las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles

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D.A. 1ª. Servicio de respuesta activa de la demanda.

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1. Con efectos desde la entrada en vigor de este real decreto-ley, se crea un servicio de respuesta activa de la demanda configurado como un producto específico de balance de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2017/2795 de la Comisión, de 23 de noviembre de 2017, por el que se establece una directriz sobre el balance eléctrico, cuyo contenido se incluye en el anexo II de este real decreto-ley.

De conformidad con el referido reglamento y con la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la autoridad competente podrá llevar a cabo la adaptación, modificación o, en su caso, derogación, del servicio de respuesta activa de la demanda regulado en este real decreto-ley.

2. En todo caso, deberá celebrarse la subasta anual correspondiente al servicio de respuesta activa de la demanda a que hace referencia el apartado anterior para que este resulte de aplicación a partir del 1 de noviembre de 2022.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-09-2022 en vigor desde 22-09-2022