Da 1 Instrucciones genera... de montes

Da 1 Instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes

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D.A. 1ª

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Aquellas parcelas forestales donde ellas y sus parcelas colindantes se encuentren incluidas en un documento compartido de gestión forestal o en un documento simple de gestión perteneciente a una agrupación forestal formalmente constituida, se entenderán que forman parte de una superficie forestal continua en gestión forestal. A estos efectos, en dichas parcelas no serán de aplicación las distancias mínimas a respetar por las repoblaciones forestales dispuestas en el apartado a) del anexo 2 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, excepto que el documento así lo establezca, por lo que las distancias mínimas regladas en el anexo 2 se aplicarán considerando dichas parcelas forestales como una única superficie forestal continua.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-05-2014 en vigor desde 08-08-2014