Da 1 Impuesto sobre sociedades -derogada con excepciones-
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»D.A. 1ª. Aplicación del régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activo y canje de valores.
Vigente
El régimen tributario previsto en el capítulo VIII del título VIII de esta Ley será igualmente aplicable a las operaciones en las que intervengan sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que no tengan la forma jurídica de sociedad mercantil, siempre que produzcan resultados equivalentes a los derivados de las operaciones mencionadas en el artículo 97 de esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-1995 en vigor desde 01-01-1996