Da 1 Función Pública de Andalucía -Derogada-
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»D.A. 1ª.
Vigente
Una vez aprobada la Ley en que se regule el régimen del personal de las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con ésta, se determinarán reglamentariamente las competencias que correspondan en esta materia a los órganos superiores de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como la nueva composición, que al efecto haya de establecerse, del Consejo de la Función Pública.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-1985 en vigor desde 18-12-1985