Da 1 Fondo para la Promoc...Desarrollo

Da 1 Fondo para la Promoción del Desarrollo

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D.A. 1ª.

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1. En el seno de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, bajo la dirección estratégica de su Presidencia, se adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, para la constitución de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo, con rango de Dirección, a la que corresponderá la Administración del Fondo para la Promoción del Desarrollo.

2. La estructura orgánica y las funciones de la Oficina del Fondo para la Promoción del Desarrollo se determinarán reglamentariamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-10-2010 en vigor desde 21-01-2011