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Da 1 Fomento de la implantación de iniciativas empresariales

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D.A. 1ª. Normas complementarias del Decreto 45/2015, de 26 de marzo, por el que se regula el procedimiento integrado para la implantación de instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos, su puesta en funcionamiento y se determinan los órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de hidrocarburos

Vigente

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1. (Derogado)

2. El plazo máximo para la emisión de los informes, autorizaciones o licencias necesarios para la tramitación del procedimiento integrado regulado en el Decreto 45/2015, de 26 de marzo, será de dos meses y el sentido del silencio, negativo, si el órgano competente para su emisión pertenece a la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o es alguna de las entidades locales gallegas.

Este plazo y el sentido del silencio no serán de aplicación para el otorgamiento de la licencia municipal de obra.

3. En el procedimiento integrado regulado en el Decreto 45/2015, de 26 de marzo, será preceptiva la emisión de un informe en materia de seguridad industrial, firmado por técnico o técnica competente, que haga referencia a la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa de seguridad industrial vigente, que será emitido en el plazo contemplado en el apartado anterior y, en todo caso, antes del otorgamiento de la licencia municipal de obra.

Modificaciones