Da 1 Fabricación, presentación y comercialización del tabaco
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»D.A. 1ª. No incremento del gasto público.
Vigente
Lo dispuesto en este real decreto no supondrá incremento de las dotaciones, ni de retribuciones ni de otros gastos en materia de personal. Asimismo, la puesta en marcha y el mantenimiento de los registros que se crean a través de este real decreto se asumirá con los medios personales existentes actualmente en el órgano de adscripción, sin incremento de dotaciones presupuestarias ni de otros gastos de personal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-06-2017 en vigor desde 11-06-2017