Da 1 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Extremadura
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»D.A. 1ª. Actualización de las cuantías de las sanciones.
Vigente
Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura a proceder a la actualización el importe de las sanciones previstas en el artículo 59 de esta ley de acuerdo con las variaciones del índice de precios al consumo o mediante criterios de oportunidad debidamente justificados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-04-2019 en vigor desde 10-04-2019