Da 1 Derechos y deberes de las personas en materia de salud
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»D.A. 1ª.
Vigente
El Departamento de Salud realizará las inspecciones oportunas en orden a garantizar y comprobar que las distintas instituciones sanitarias y el personal a su servicio cumplen las obligaciones establecidas en la presente Ley Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-11-2010 en vigor desde 15-11-2010