Da 1 convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Musica y de Danza y la Educacion secundaria obligatoria y el Bachillerato
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»D.A. 1ª. Convalidación única.
Vigente
Cada materia o asignatura sólo podrá ser utilizada para una única convalidación de las establecidas en este real decreto o de las que pudieran establecerse por parte de las Administraciones educativas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2009 en vigor desde 01-03-2009