Da 1 Consejo Económico y Social de C. León
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»D.A. 1ª.
Vigente
Cuando alguna de las Organizaciones representadas en el Consejero sufriere, por motivos electorales, alteración en cuanto a su representatividad, el Consejo adaptará su composición al nuevo estado en el plazo de dos meses a partir de la publicación de los resultados definitivos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-12-1990 en vigor desde 15-12-1990