Da 1 Conciertos sociales en los ámbitos de salud y servicios sociales
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»D.A. 1ª. Incompatibilidad con las subvenciones.
Vigente
El régimen de conciertos será incompatible con el de subvenciones públicas para la financiación de idénticas actividades y servicios, a excepción de los servicios en que la Administración financia de forma parcial el servicio concertado. En este último supuesto, la suma del precio abonado por la Administración en virtud del concierto y las subvenciones públicas de órgano o entidad distinta percibidas por la entidad no podrán superar el coste total del servicio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-11-2017 en vigor desde 01-12-2017