Da 1 Código civil

Da 1 Código civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 1ª

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Presidente del Tribunal Supremo y los de las Audiencias Territoriales elevarán al Ministerio de Gracia y Justicia, al fin de cada año, una Memoria, en la que, refiriéndose a los negocios de que hayan conocido durante el mismo las Salas de lo Civil, señalen las deficiencias y dudas que hayan encontrado al aplicar este Código. En ella harán constar detalladamente las cuestiones y puntos de derecho controvertidos y los artículos u omisiones del Código que han dado ocasión a las dudas del Tribunal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889