Da 1 Caza de Galicia
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»D.A. 1ª. Exclusión del ámbito de aplicación de la ley
Vigente
Se excluye del ámbito de aplicación de la presente ley la actividad de control de especies no cinegéticas que estén causando daños en algún lugar o en una época determinada, aun cuando se utilizasen medios o procedimientos cinegéticos a tal fin.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-01-2014 en vigor desde 28-01-2014