Da 1 Catálogo de Espectác...s Públicos

Da 1 Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos

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D.A. 1ª. Modificación de las condiciones de la actividad habitual de hostelería mediante su complemento con actuaciones en directo de pequeño formato.

Vigente

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1. Las personas titulares de establecimientos de hostelería que ya estén legalmente abiertos al público a la entrada en vigor de este Decreto y que pretendan complementar su actividad habitual de hostelería con el desarrollo de actuaciones en directo de pequeño formato en el interior de espacios fijos, cerrados y cubiertos de los citados establecimientos públicos, deberán someter a los medios de intervención municipal que correspondan la modificación de las condiciones de desarrollo de su actividad, previa acreditación del cumplimiento de lo previsto en los artículos 2 y 14.

2. En ningún caso se entenderán implícitas en las condiciones de funcionamiento del establecimiento de hostelería el desarrollo de las citadas actuaciones en directo de pequeño formato, sin que las mismas se hayan sometido a los medios de intervención municipal que correspondan.

3. En el caso de que no se modifiquen las condiciones de desarrollo de la actividad de hostelería conforme a lo establecido en el apartado 1, sólo se podrán celebrar en los establecimientos de hostelería aquellas actuaciones en directo de pequeño formato que expresamente se hayan autorizado por el Ayuntamiento como actividad de carácter extraordinario, en los términos previstos en su normativa reglamentaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-08-2018 en vigor desde 04-08-2018