Da 1 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía
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»D.A. 1ª. Delegación de competencias.
Vigente
Las competencias de la persona titular de la Consejería competente en materia de agua recogidas en los artículos 4, 5, 6 y 7 podrán ser delegadas en la persona titular de la Secretaría General con competencias en materia de agua.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-04-2022 en vigor desde 05-04-2022