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Da 1 Actividad física y deporte de Euskadi

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D.A. 1ª. Reordenación del sistema federativo vasco.

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1.- La reestructuración de las federaciones deportivas se producirá antes del proceso electoral correspondiente a 2028.

2.- El Gobierno Vasco, con la colaboración de los órganos forales de los territorios históricos, determinará la dimensión mínima, especialmente número de licencias de deportistas y de clubes deportivos o agrupaciones deportivas, así como el resto de las condiciones necesarias para el mantenimiento del sistema federativo tal y como se halla en la actualidad, en cada una de las modalidades deportivas.

3.- Se faculta al Gobierno Vasco para que, con la colaboración de los órganos forales de los territorios históricos, establezca mediante el correspondiente decreto cuantas medidas económicas, patrimoniales o de cualquier tipo sean necesarias para la materialización de dicha reestructuración.