Da 1 Actividad física y deporte de Canarias
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»D.A. 1ª. Régimen electoral singular.
Vigente
La Administración deportiva de la Comunidad Autónoma de Canarias podrá autorizar excepcionalmente un régimen electoral singular a aquellas federaciones en las que el número de deportistas con derecho a sufragio sea desproporcionadamente inferior en relación con el número total de afiliados a las mismas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-02-2019 en vigor desde 08-02-2019