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Corrección de errores de la Resolución de 10 de julio de 2019, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior (BOJA núm. 138, de 19.7.2019)., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 03-10-2019

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 191

F. Publicación: 03/10/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 191 de 03/10/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en la Resolución de 10 de julio de 2019, de la Presidencia del Consejo Rector de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía M.P., por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 138, de 19 de julio de 2019, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 135, donde dice:

«Primero. Se da nueva redacción del artículo 23 del Reglamento de Régimen Interior, sobre Estructura funcional y territorial de la Agencia, que queda redactado como sigue:

1. La estructura funcional de la Agencia está constituida por:

- Dirección Gerencia.

Servicio Jurídico.

Control interno.

Desarrollo Corporativo Estratégico.

- Subdirección General.

- División de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

- División de Gestión del Agua y Calidad Ambiental.

- División de Servicios Corporativos.

2. La estructura territorial de la Agencia está constituida por:

2.1. Servicios Centrales.

2.2. Servicios Periféricos: Gerencias Provinciales.

3. La modificación de la estructura organizativa corresponde al Consejo Rector, a propuesta de la Dirección Gerencia, sin perjuicio de las delegaciones que tenga conferidas a la Dirección Gerencia.».

Debe decir:

«Primero. Se da nueva redacción del artículo 23 del Reglamento de Régimen Interior, sobre Estructura funcional y territorial de la Agencia, que queda redactado como sigue:

1. La estructura funcional de la Agencia está constituida por:

- Dirección Gerencia.

Servicio Jurídico.

Control interno.

Servicio de Desarrollo Corporativo Estratégico.

- Subdirección General.

- Dirección de Medio Ambiente y Sostenibilidad.

- Dirección de Gestión del Agua y Calidad Ambiental.

- Dirección de Servicios Corporativos.

2. La estructura territorial de la Agencia está constituida por:

2.1. Servicios Centrales.

2.2. Servicios Periféricos: Gerencias Provinciales.

3. La modificación de la estructura organizativa corresponde al Consejo Rector, a propuesta de la Dirección Gerencia, sin perjuicio de las delegaciones que tenga conferidas a la Dirección Gerencia.».

En la página 136, donde dice: «2. Desarrollo Corporativo Estratégico.», debe decir: «2. Servicio de Desarrollo Corporativo Estratégico.».

En la página 136, donde dice: «3. Unidad de Control Interno.», debe decir: «3. Control Interno.».

En la página 137, al final del punto 2.3, se incorpora «- Gestión de la Unidad de Transparencia de la Agencia.».

En la página 137, en el punto 2.4, donde dice: «- Apoyo en la Elaboración y Seguimiento de Programa de Gestión y su desarrollo a través de la planificación anual de actuaciones.», debe decir: «- Elaboración y Seguimiento de Programa de Gestión y su desarrollo a través de la planificación anual de actuaciones.».

En la página 137, en el punto 2.4, donde dice: «- Coordinación y Asesoramiento para la estructuración de toda la Agencia con un Sistema Integrado de Gestión basado en la gestión por procesos que garantice la calidad y el cumplimiento normativo acorde a las normas internacionales ISO 9001, 14001, 45001 y otros estándares internacionales que la Dirección decida implantar como modelo de excelencia de la gestión (ISO 19600, 31000, 166002, entre otras).», debe decir: «- Coordinación y Asesoramiento para la estructuración de toda la Agencia con un Sistema Integrado de Gestión basado en la gestión por procesos que garantice la calidad y el cumplimiento normativo acorde a las normas internacionales ISO 9001, 14001, 45001 y otros estándares internacionales que la Dirección decida implantar (ISO 19600, 31000, 166002, entre otras).».

En la página 138, en el punto 1, donde dice: «- Gestión de evaluación del desempeño así como los sistemas de promoción, carreras profesionales y la retribución por objetivos.» debe decir: «- Gestión de evaluación del desempeño así como los sistemas de promoción y carreras profesionales.».

En la página 138, al final del punto 1, se suprime por duplicidad el siguiente párrafo: «- La coordinación y supervisión de la vigilancia de la salud, la coordinación del dispositivo sanitario y la gestión de los accidentes de trabajo.».

En la página 139, en el punto 5, donde dice: «- Elaboración del Programa de gestión, Presupuestos de explotación y capital y Programa de actuación inversión y financiación de la Agencia. Elaboración de los documentos de seguimiento trimestral y liquidación anual.», debe decir: «- Elaboración de Presupuestos de explotación y capital y Programa de actuación inversión y financiación de la Agencia. Elaboración de los documentos de seguimiento trimestral y liquidación anual.».

En la página 140, en el punto 1, donde dice: «- Dirección, gestión y planificación de actividades empresariales relacionadas con la Gestión del Medio Natural y en general el apoyo técnico en la planificación, gestión y ejecución de las competencias de la Consejería de Medio Ambiente.», debe decir: «- Dirección, gestión y planificación de actividades empresariales relacionadas con la Gestión del Medio Natural y en general el apoyo técnico en la planificación, gestión y ejecución de las actividades de la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua.».

En la página 141, en el punto 1, donde dice: «- Marcar las directrices en las actividades empresariales relacionadas con la infraestructura y gestión del agua y en general el apoyo técnico en la planificación, gestión y ejecución de las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.», debe decir: «- Marcar las directrices en las actividades empresariales relacionadas con la infraestructura y gestión del agua y en general el apoyo técnico en la planificación, gestión y ejecución de las actividades de la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua.».

En la página 142, en el punto 2, donde dice: «- La prestación de servicios de vigilancia y control ambiental en materia de atmósfera, agua y ruidos, a través de la planificación y gestión de las herramientas y medios que la CMA dispone al respecto en Andalucía. Así como consultoría en materia de calidad atmosférica e hídrica.», debe decir: «- La prestación de servicios de vigilancia y control ambiental en materia de atmósfera, agua y ruidos, a través de la planificación y gestión de las herramientas y medios que la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua dispone al respecto en Andalucía. Así como consultoría en materia de calidad atmosférica e hídrica.».