Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea ( DO L 130 de 17 de mayo de 2019 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 27-12-2019
Ambito: DOUE
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 333
F. Publicación: 27/12/2019
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Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea
( Diario Oficial de la Unión Europea L 130 de 17 de mayo de 2019 )
1) | En la página de sumario: |
donde dice:
«Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea (1)»,
debe decir:
«Reglamento (UE) 2019/788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la iniciativa ciudadana europea».
2) | En la página 55, en el título: |
donde dice:
«REGLAMENTO (UE) 2019/788 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de abril de 2019 sobre la iniciativa ciudadana europea (Texto pertinente a efectos del EEE)»,
debe decir:
«REGLAMENTO (UE) 2019/788 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de abril de 2019 sobre la iniciativa ciudadana europea».
3) | En la página 62, artículo 6, apartado 2, último párrafo: |
donde dice:
«Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 5/y 6, la Comisión adoptará una decisión sobre la solicitud de registro en el plazo de dos meses a partir de su presentación.»,
debe decir:
«Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, la Comisión adoptará una decisión sobre la solicitud de registro en el plazo de dos meses a partir de su presentación.».
4) | En la página 63, artículo 6, apartado 3, último párrafo: |
donde dice:
«Si uno/o varios de los requisitos establecidos en el presente apartado, párrafo primero, letras a) a e), no/se cumplen, la Comisión denegará el registro de la iniciativa, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 4/y 5.»,
debe decir:
«Si uno/o varios de los requisitos establecidos en el presente apartado, párrafo primero, letras a) a e), no/se cumplen, la Comisión denegará el registro de la iniciativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4».