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Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia ( DO L 429 de 1.12.2021 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 24-03-2022

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Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 96

F. Publicación: 24/03/2022

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 96 de 24/03/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión, de 28 de septiembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, mediante el establecimiento de los indicadores comunes y los elementos detallados del cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia

( Diario Oficial de la Unión Europea L 429 de 1 de diciembre de 2021 )

En el anexo, en la página 90, en la descripción del indicador 10, «Número de participantes en los sistemas de educación o formación»:

donde dice:

«El indicador tendrá en cuenta el número de participantes en actividades de educación (CINE 0-6, educación de adultos) y formación (fuera del puesto de trabajo o en el puesto de trabajo, educación y formación profesional continua, etc.) apoyadas por medidas del Mecanismo, incluidos los participantes en actividades de formación en capacidades digitales.»,

debe decir:

«El indicador tendrá en cuenta el número de participantes en actividades de educación (CINE 0-8, educación de adultos) y formación (fuera del puesto de trabajo o en el puesto de trabajo, educación y formación profesional continua, etc.) apoyadas por medidas del Mecanismo, incluidos los participantes en actividades de formación en capacidades digitales.».

En el anexo, en la página 91, en la descripción del indicador 13, «Capacidad de las aulas de instalaciones de atención infantil y de educación nuevas o modernizadas»:

donde dice:

«Capacidad de las aulas en términos de número máximo de plazas en las instalaciones nuevas o modernizadas de educación infantil y atención a la primera infancia y de educación (CINE 0-6) gracias al apoyo recibido a través de medidas del Mecanismo.»,

debe decir:

«Capacidad de las aulas en términos de número máximo de plazas en las instalaciones nuevas o modernizadas de educación infantil y atención a la primera infancia y de educación (CINE 0-8) gracias al apoyo recibido a través de medidas del Mecanismo.»;

donde dice:

«Las instalaciones de educación incluirán los centros escolares (CINE 1-3, CINE 4) y la enseñanza superior (CINE 5-6).»,

debe decir:

«Las instalaciones de educación incluirán los centros escolares (CINE 1-3, CINE 4) y la enseñanza superior (CINE 5-8).».