Corrección de errores del Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas., - Boletín Oficial del Estado, de 27-06-2014
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Junio de 2014
F. entrada en vigor: 17/07/2014
Órgano emisor: MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 156
F. Publicación: 27/06/2014
Documento oficial en PDF: Enlace
Advertido error en el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 244, de 11 de octubre de 2013, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 83133, se sustituye el anexo II «Parámetros indicadores de calidad del aire» por el siguiente:
ANEXO II
Parámetros indicadores de calidad del aire
Se medirá en aire, en el caso de piscinas cubiertas:
Parámetro |
Valor paramétrico |
Humedad relativa |
65% |
Temperatura ambiente |
La temperatura seca del aire de los locales que alberguen piscinas climatizadas se mantendrá entre 1 °C y 2 °C por encima de la del agua del vaso, excepto vasos de hidromasaje y terapéuticos. |
CO 2 |
La concentración de CO 2en el aire del recinto de los vasos cubiertos no superará más de 500 ppm (en volumen) del CO 2del aire exterior. |