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Corrección de errores del Decreto 18/2019, de 17 de mayo, por el que se aprueba la Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja, - Boletín Oficial de La Rioja, de 22-06-2020

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Ambito: La Rioja

Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, MUNDO RURAL, TERRITORIO Y POBLACION

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 76

F. Publicación: 22/06/2020

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de La Rioja Número 76 de 22/06/2020 y no contiene posibles reformas posteriores

Advertidos errores en el referido Decreto, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 65 de 29 de mayo de 2019, se procede a su corrección en la forma siguiente:

En el Anexo. Volumen I

Directriz de Protección del Suelo No Urbanizable de La Rioja

1.- En el artículo 48.2,

Donde dice:

'En cualquier caso, la superficie máxima edificada, no superará en ningún caso los mil (1.000) metros cuadrados construidos'

Debe decir:

'En cualquier caso, la superficie máxima edificada, no superará en ningún caso los dos mil cuatrocientos (2.400) metros cuadrados construidos'

2.- En el artículo 86.1,

Donde dice:

'Edificabilidad máxima ... 0,25 m2/m2'

Debe decir:

'Edificabilidad máxima... 0,30 m2/m2' y donde dice 'Superficie máxima ocupada 25 %', debe decir, 'Superficie máxima ocupada 30 %'

3.- En el artículo 86.2,

Donde dice:

'Las construcciones e instalaciones se separarán al menos cincuenta (50) metros de cualquier otra edificación existente y una distancia mínima de cien (100) metros con respecto al límite del Suelo Urbano, o en su caso del suelo clasificado como urbanizable delimitado'

Debe decir:

'Las construcciones e instalaciones se separarán al menos cincuenta (50) metros de cualquier otra edificación existente, salvo de aquellas construcciones propias de los usos incluidos dentro de las actividades relacionadas o vinculadas a la utilización racional de los recursos vivos y una distancia mínima de cien (100) metros con respecto al límite del Suelo Urbano, o en su caso del suelo clasificado como urbanizable delimitado'