Corrección de errores del Reglamento (CE) n.º 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados ( DO L 143 de 30.4.2004 ), - Diario Oficial de la Unión Europea, de 16-11-2021
Ambito: DOUE
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 405
F. Publicación: 16/11/2021
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Corrección de errores del Reglamento (CE) n.º 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados
( Diario Oficial de la Unión Europea L 143 de 30 de abril de 2004 )
1) | En la página 20, en el artículo 14, apartado 1, letra a): |
donde dice:
«a) | notificación personal, en el domicilio del deudor, a personas que vivan en la misma dirección que éste, o estén empleadas en ese lugar;», |
debe decir:
«a) | notificación personal, en la dirección personal del deudor, a personas que vivan en la misma dirección que éste, o estén empleadas en ese lugar;». |
2) | En la página 20, en el artículo 14, apartado 1, letra e): |
donde dice:
«e) | notificación por correo sin acuse de recibo con arreglo al apartado 3 cuando el deudor esté domiciliado en el Estado miembro de origen;», |
debe decir:
«e) | notificación por correo sin acuse de recibo con arreglo al apartado 3 cuando el deudor tenga su dirección en el Estado miembro de origen;». |
3) | En la página 20, artículo 14, apartado 2: |
donde dice:
«2. A efectos del presente Reglamento, no será admisible la notificación con arreglo al apartado 1 si no se conoce con certeza el domicilio del deudor.»,
debe decir:
«2. A efectos del presente Reglamento, no será admisible la notificación con arreglo al apartado 1 si no se conoce con certeza la dirección del deudor.».