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CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias., - Boletín Oficial de Navarra, de 18-01-2024

Tiempo de lectura: 2 min

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Ambito: Navarra

Órgano emisor: 1.1. DISPOSICIONES GENERALES

Boletín: Boletín Oficial de Navarra Número 14

F. Publicación: 18/01/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Navarra Número 14 de 18/01/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

Advertido un error en la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 269, de 29 de diciembre de 2023, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

En el artículo séptimo, apartado once, donde dice:

"Once.–Disposición adicional trigésima novena, adición, con efectos a partir de 1 de enero de 2024.

"Disposición adicional trigésima novena.–Medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas a partir de 1 de enero de 2024.

A las solicitudes de concesión de aplazamientos o de fraccionamientos de deuda tributaria cuya gestión recaudatoria tenga encomendada el departamento competente en materia tributaria se les aplicará lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima".

Debe decir:

"Once.–Disposición adicional cuadragésima, adición, con efectos a partir de 1 de enero de 2024.

"Disposición adicional cuadragésima.–Medidas específicas aplicables a las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos de la deuda tributaria que sean realizadas a partir de 1 de enero de 2024.

A las solicitudes de concesión de aplazamientos o de fraccionamientos de deuda tributaria cuya gestión recaudatoria tenga encomendada el departamento competente en materia tributaria se les aplicará lo establecido en la disposición adicional trigésima séptima".

Pamplona, 11 de enero de 2024.–El presidente, Unai Hualde Iglesias.

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