Articulo único Modificación del Decreto ley 1/2022, Medidas para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales en La Palma
Artículo único.- Modificación del Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Se modifica el artículo 4.3.d) del Decreto ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma, que queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 4. Autorización para la construcción y reconstrucción de viviendas habituales y rehabilitación de inmuebles, en situación legal o asimilada a la misma.
...
3. La construcción a que se refiere el apartado 2 de este precepto no podrá materializarse sobre parcelas:
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d) Que según el Plan Insular de Ordenación de La Palma, deban ser excluidas de procesos de urbanización y edificación por razones ambientales, salvo las parcelas ubicadas en zona Bb1.4, y que estén clasificadas y categorizadas según el orden de prelación del apartado 2, previo informe razonado y detallado del Cabildo Insular de La Palma que acredite que en la parcela no se mantienen los valores ambientales que determinaron su zonificación.
La tipología de la edificación deberá adaptarse a la del entorno y no podrá supera una planta de altura."