Articulo único Modificaci...or Añadido

Articulo único Modificación del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo Único. Modificación del Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


Se introducen las siguientes modificaciones en el Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

Uno. Se modifica la redacción de la regla 3.º, del apartado Tres del artículo 79 que queda redactada como sigue:

3.º No obstante, si el valor de los bienes entregados hubiese experimentado alteraciones como consecuencia de su utilización, deterioro, obsolescencia, envilecimiento, revalorización o cualquier otra causa, se considerará como base imponible el valor de los bienes en el momento en que se efectúe la entrega.

A los efectos de lo dispuesto en esta regla 3.º, se presumirá que ha tenido lugar un deterioro total cuando las operaciones a que se refiere el presente apartado Tres tengan por objeto bienes adquiridos por entidades sin fines lucrativos definidas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y/e incentivos fiscales al mecenazgo que les resulte de aplicación, siempre que se destinen por las mismas a los fines de interés general que desarrollen de acuerdo con lo que disponga la normativa que les resulte de aplicación en esta materia.

Dos. Se adiciona un nuevo apartado Cuatro al artículo 91 con la siguiente redacción:

Cuatro. Se aplicará el tipo del 0 por ciento a las entregas de bienes realizadas en concepto de donativos a las entidades sin fines lucrativos definidas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y/e incentivos fiscales al mecenazgo que les resulte de aplicación, siempre que se destinen por las mismas a los fines de interés general que desarrollen de acuerdo con lo que disponga la normativa que les resulte de aplicación en esta materia.