Articulo único Modifica l...de Navarra

Articulo único Modifica la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal de Navarra

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Artículo único.-Modificación de la Disposición transitoria tercera de la Ley Foral 11/2000, de 16 de noviembre, de Sanidad Animal de Navarra, que queda con el siguiente contenido:

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«Disposición transitoria tercera.-Suspensión.

1. Hasta el 30 de mayo de 2023 no se admitirán solicitudes ni se concederán autorizaciones ganaderas para la instalación de explotaciones ganaderas de vacuno con una capacidad superior a 1250 UGM.

2. Tampoco se admitirán nuevas solicitudes ni se concederán nuevas autorizaciones ganaderas para la ampliación de explotaciones ganaderas de vacuno existentes que lleven a una explotación resultante mayor de los 1250 UGM.

3. La limitación de capacidad establecida en los apartados anteriores quedará sustituida por la que, en su caso, se fije con carácter básico por la normativa estatal, si esta es menor».