Articulo �nico TR Ley de universidades

Articulo �nico TR. Ley de universidades

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Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

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Se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, que se inserta a continuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-2013 en vigor desde 12-01-2013