Articulo �nico Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo único.
Vigente
Se aprueban las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, así como la Instrucción para la aplicación de las mismas, que figuran, respectivamente, en los Anexos I y II al presente Decreto Foral Normativo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991