Articulo �nico del adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado
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»Primero. Aplicación del Plan General de Contabilidad Pública.
Vigente
La contabilidad de la Administración General del Estado se ajustará al Plan General de Contabilidad Pública (en adelante PGCP), aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, en los términos regulados en la regla 2 de la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden HAC/3067/2011, de 8 de noviembre, con las adaptaciones que se regulan en los apartados siguientes de esta Resolución.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-11-2011 en vigor desde 26-11-2011