Articulo 99 TR de la Ley ...s Públicos

Articulo 99 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos

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Artículo 99. Cuota.

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La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):

1. Escuelas particulares de conductores y centros de sensibilización y reeducación vial:

1.1. Autorización de apertura de escuelas particulares de conducción y de centros de sensibilización y reeducación vial: 478,07.

1.2. Modificación de la autorización de apertura por alteración de los elementos personales o materiales de las escuelas particulares de conducción, con o sin inspección, o por modificación de los datos de los centros de sensibilización y reeducación vial: 27,89.

1.3. Expedición de certificados de aptitud para directores y directoras y profesores y profesoras de escuelas particulares de conducción y otras titulaciones cuya expedición esté atribuida al Departamento de Interior, así como de sus duplicados: 107,81.

1.4. Gastos y derechos de inscripción en cursos de formación para la obtención del certificado de aptitud de profesor o profesora de formación vial: 47,82.

1.5. Gastos y derechos de inscripción en cursos de formación para la obtención del certificado de aptitud de director o directora de escuelas particulares de conducción: 47,82.

2. Servicios diversos:

2.1. Anotaciones de cualquier clase en los expedientes, suministro de datos, certificaciones, cotejos, desglose de documentos y sellado de cualquier tipo de placas o libros: 3,83.

2.2. Inspecciones practicadas en virtud de precepto reglamentario: 71,72.

2.3. Autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 136,66.

2.4. Modificación de la autorización especial de circulación a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales: 16,41.

2.5. Acompañamiento policial a vehículos en régimen de transporte especial y vehículos especiales (euros por agente y hora): 33,90.

2.6. Autorización de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos: 15,47.

2.7. Acompañamiento policial para el control y orden de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos (euros por agente y hora): 33,90.

2.8. Otras autorizaciones especiales competencia de la Dirección de Tráfico: 7,27.