Articulo 99 Ordenación de...el Paisaje

Articulo 99 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

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Artículo 99. Cauces de participación.

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La Generalitat fomentará la utilización de los cauces de participación existentes y creará aquellos otros que sean necesarios para facilitar, fomentar y garantizar la participación institucional y de los ciudadanos en la toma de decisiones en materia de ordenación del territorio.

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  • Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004