Articulo 99 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 99. Prevalencia del derecho a la salud.
Vigente
Las Administraciones públicas de Cantabria, en su ámbito de competencias, garantizarán los derechos fundamentales de las mujeres adultas y niñas por encima de cualquier condicionante cultural, religioso o social, impidiendo la realización de prácticas culturales, médicas o quirúrgicas que atenten contra su integridad física y psíquica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019