Articulo 99 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.
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»Artículo 99. Régimen sancionador.
Vigente
Las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones se sancionarán conforme a lo establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, siendo competentes para acordar e imponer las sanciones la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, a excepción de las cometidas en relación con las subvenciones del Programa Bono de Empleo Joven, que corresponderá a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013