Articulo 99 Carta Municipal de Barcelona
Articulo 99 Carta Municipal de Barcelona

Articulo 99 Carta Municipal de Barcelona

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 99.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los vehículos abandonados y fuera de uso tienen el carácter de residuos sólidos, de acuerdo con la normativa medioambiental, y pueden ser desguazados, competencia que corresponde al Ayuntamiento.

2. Los vehículos se consideran abandonados si no han sido reclamados por sus propietarios una vez practicada la notificación en la forma establecida por la normativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999