Articulo 98 Sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratég...ras ayudas de la PAC
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Articulo 98 Sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la PAC

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Artículo 98. Controles específicos adicionales relativos a la intervención de promoción y comunicación llevada a cabo en terceros países.

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1. En el caso de que el beneficiario presente junto con la solicitud de pago un certificado de los estados financieros, se realizará un control administrativo del mismo, solicitando cuanta documentación adicional se considere necesaria cuando el certificado no ofrezca pruebas adecuadas de la subvencionabilidad y realidad de los costes.

2. Deberá verificarse el cumplimiento del objetivo u objetivos de cada programa y la ejecución de las acciones que lo conforman.

3. Los controles sobre el terreno previos al pago final de la ayuda se realizarán por muestreo y consistirán en el cotejo de las facturas y justificantes presentados con los registros contables y, en su caso, otros documentos justificativos. No obstante, a lo anterior, los programas para los que el beneficiario presente junto con la solicitud de pago un certificado de los estados financieros, deberán ser siempre objeto de control sobre el terreno.

4. Las muestras de control serán seleccionadas cada ejercicio financiero por la autoridad competente sobre la base de un análisis de riesgos y teniendo en cuenta la representatividad de las solicitudes de pago final presentadas.

El tamaño de la muestra será, como mínimo, del 5?% de las solicitudes de pago final, que deberá representar, al menos, el 5?% de los importes por los que se solicite el pago en el conjunto de la intervención y para cada ejercicio financiero.

5. Para cada solicitud de pago que sea seleccionada conforme al apartado anterior, el control se realizará sobre una muestra equivalente, como mínimo, al 30?% del importe de la ayuda solicitada y al 5?% del total de las facturas u otros justificantes presentados o cubiertos por el certificado de los estados financieros aportados hasta el momento en que se efectúa el control sobre el terreno.

6. Entre un 20 % y un 40 % del número mínimo de solicitudes de pago que deban ser sometidas a control sobre el terreno se seleccionarán de forma aleatoria y el resto en función del riesgo.

7. Podrán realizarse controles sobre el terreno en las dependencias del beneficiario o de la entidad que ejecuta las acciones de promoción a la que el beneficiario haya confiado la aplicación total o parcial del programa.

Deberá asimismo verificarse que los beneficiarios cumplen con la obligación relativa a la información y publicidad de la ayuda.