Articulo 98 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 98 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 98. Régimen jurídico de los miembros

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Los miembros de la Comisión Consultiva de Festejos Taurinos Tradicionales (Bous al Carrer) de la Comunitat Valenciana deberán desempeñar su cargo atendiendo a la finalidad para la que han sido designados, de conformidad con la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, el presente reglamento y demás normas que resulten de aplicación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015