Articulo 98 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon
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»Artículo 98. Ámbitos de cooperación exterior.
Vigente
1. La Comunidad Autónoma de Aragón, como territorio limítrofe, promoverá la cooperación con las regiones europeas con las que comparte, por dicho carácter, intereses económicos, sociales, ambientales y culturales.
2. En el ámbito de la cooperación interregional, Aragón impulsará la cooperación con otros territorios con los que comparta intereses comunes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007