Articulo 98 Función pública de I Balears
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Artículo 98. Situación de servicio activo

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1. El personal funcionario se encuentra en situación de servicio activo cuando ocupa un puesto de trabajo dotado presupuestariamente con carácter permanente o provisional.

2. También está en servicio activo el personal funcionario removido de un puesto de trabajo que todavía no ha obtenido destino en otro.

3. Los permisos y las licencias que suponen reserva del puesto de trabajo no alteran la situación de servicio activo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007